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23.12.15
13.12.15
Dar a la Navidad su verdadero sentido
Las semanas previas a Navidad y Año Nuevo son propicias para plantearnos, padres e hijos, un sinfín de preguntas. ¿Qué esperamos de quiénes están a nuestro lado? ¿Cuál es el sentido de hacernos los regalos y el por qué de las celebraciones? ¿Cómo queremos vivir las promesas de un próximo año mejor? En medio de algunas oscuridades, tristezas y secretos, ¿qué sentido deseamos encontrar al transcurrir inexorable del calendario?
Parafraseando el refrán popular: ¡Dime qué esperas y te diré quién eres! Nosotros y nuestros hijos tenemos necesidad de ver y sentir, aquí y ahora, que las cosas van a ir mejor en lo personal, lo familiar y lo social: eso en gran parte depende de nuestras actitudes.
Diciembre es un mes para abrir los ojos, prestar atención, volver a centrarse y tomar conciencia del para qué de nuestras vidas. Con frecuencia, las cosas, las cualidades, los
Parafraseando el refrán popular: ¡Dime qué esperas y te diré quién eres! Nosotros y nuestros hijos tenemos necesidad de ver y sentir, aquí y ahora, que las cosas van a ir mejor en lo personal, lo familiar y lo social: eso en gran parte depende de nuestras actitudes.
Diciembre es un mes para abrir los ojos, prestar atención, volver a centrarse y tomar conciencia del para qué de nuestras vidas. Con frecuencia, las cosas, las cualidades, los
1.12.15
¿Atrevimiento o iniciativa?
Titulares y notas publicados recientemente en nuestra prensa escrita, señalan como “iniciativa” la peregrina idea de crear en nuestra legislación, ya bastante maltrecha, una nueva modalidad de divorcio, el “convencional administrativo”. El término “iniciativa” tiene varios sinónimos. Uno de ellos es “atrevimiento”.
Esa figura consistirá en facilitar aún más la separación de un matrimonio. Tendrá, sí algunas condiciones: haber transcurrido dos años de la celebración del mismo, no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad ni estar embarazada la mujer. Se obtendrá presentándose ambos, con asistencia letrada, ante un oficial del Estado Civil. Firmarán un acta de solicitud. El funcionario que reciba el acta los citará dentro de los siguientes 60 días para que ratifiquen su decisión de separarse y mediante un acta de ratificación los declará ahí mismo divorciados. Así de sencillo. Nada de razones, de tiempos, de instancias de reconciliación.
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