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1.12.15

¿Atrevimiento o iniciativa?

Titulares y notas publicados recientemente en nuestra prensa escrita, señalan como “iniciativa” la peregrina idea de crear en nuestra legislación, ya bastante maltrecha, una nueva modalidad de divorcio, el “convencional administrativo”.  El término “iniciativa” tiene varios sinónimos. Uno de ellos es “atrevimiento”.

Esa figura consistirá en facilitar aún más la separación de un matrimonio. Tendrá, sí algunas condiciones: haber transcurrido dos años de la celebración del mismo, no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad ni estar embarazada la mujer. Se obtendrá presentándose ambos, con asistencia letrada, ante un oficial del Estado Civil. Firmarán un acta de solicitud. El funcionario que reciba el acta los citará dentro de los siguientes 60 días para que ratifiquen su decisión de separarse y mediante un acta de ratificación los declará ahí mismo divorciados. Así de sencillo. Nada de razones, de tiempos, de instancias de reconciliación.
 

Los diputados que presentaron esta “iniciativa”, consideran que es preciso librar de trabas “artificiales e innecesarias” la separación de quienes se juraron amor eterno. Piensan que hay que “aggiornar de la legislación nacional en exceso formalista y compleja”.
 

Más que “iniciativa” ¿no es un “atrevimiento” para manipular la naturaleza del matrimonio en el que queda de manifiesto la ideología de género que infecta muchas leyes actuales? Un “atrevimiento” de la misma índole que los injustos y arbitrarios argumentos de una reciente sentencia de un Tribunal de Apelaciones. En un expediente sobre matrimonio y familia, los tres jueces que estudiaron el caso están acordes por unanimidad en anular una sentencia anterior -sensata y muy coherente con la realidad del verdadero matrimonio- pues consideran que las formas de ser familia son muy variadas. Para no “discriminar y permitir el libre desarrollo de la personalidad”, consideran que, todo habitante de nuestro país tiene derecho de elegir la forma de familia con la que está dispuesto a vivir. Afirman que su fallo tiene en cuenta un “enfoque moderno y superador” de la normativa actualmente vigente: la consideran inadecuada. Su fallo no se basa en ninguna ley sino en la pretensión de “superar la actual legislación confusa y contradictoria”.
 

El fallo de ese Tribunal se saltea olímpicamente la ley vigente: es pues un fallo nulo por más que los jueces intervinientes insistan en su intención de optimizar el reconocimiento de todo tipo de familias. ¿Es una “iniciativa” u otro “atrevimiento”? En temas tan vitales para la felicidad de los uruguayos, no se puede tocar de oído, es preciso seguir la partitura.

Verdadero matrimonio hay uno solo. Verdadera familia solamente hay una. ¿Merece el nombre de “iniciativa” lo que es un “atrevimiento” que daña las instituciones más necesarias para construir la grandeza de un país?

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